La catedrática de Derecho Internacional Público de la CEU UCH, Susana Sanz Caballero, acaba de publicar su investigación sobre este tipo de amenazas en la revista científica Humanities and Social Science Communications, del grupo editorial Nature

Susana Sanz Caballero, catedrática de Derecho Internacional Público de la CEU UCH e investigadora principal del proyecto “Crisis del Estado de Derecho en la UE”.

Globos espía que vulneran espacios aéreos ajenos, flujos migratorios fuera de control, ataques y ciberataques a infraestructuras críticas, difusión de bulos y noticias falsas en las redes usando granjas de trolls, control de las fuentes de energía… No pueden considerarse actos legales de guerra, pero son agresiones de un Estado a otro, diseñadas para causar daños y que se producen fuera de un campo de batalla al uso, en la denominada “zona gris”. Estas nuevas “amenazas híbridas”, que han proliferado tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, su conceptualización y el marco legal para combatirlas, especialmente en el ámbito de la UE y la OTAN, han sido analizados por la catedrática de Derecho Internacional Público de la Universidad CEU Cardenal Herrera (CEU UCH), Susana Sanz Caballero. Su investigación acaba de ser publicada en la revista científica internacional Humanities and Social Science Communications, del grupo editorial Nature.

En el artículo titulado “Los conceptos y leyes aplicables a las amenazas híbridas, con especial atención a Europa”, la profesora Sanz Caballero valora los avances de la OTAN y la UE ante la constante evolución de estas amenazas, que empiezan a desplazar a las agresiones bélicas y los actos de guerra convencionales: “Las amenazas híbridas son aún difíciles de definir y más aún de encuadrar en un marco legal a nivel europeo e internacional que permita sancionarlas y repelerlas eficazmente”, destaca la catedrática de la CEU UCH, Susana Sanz.

Aunque los ataques cibernéticos son los más alarmantes, Sanz destaca que “las «armas» utilizadas en la zona gris no solo son los ordenadores, pueden ser también pasos fronterizos, bulos y noticias falsas, drones, granjas de trolls cibernéticos, estaciones de radio, aviones y barcos secuestrados o globos espía que cruzan el espacio aéreo ajeno. Una lista exhaustiva de amenazas híbridas incluiría, además de los ciberataques, el terrorismo, el crimen organizado, el narcotráfico, los flujos migratorios, las guerras económicas o financieras, la explotación mediática y la aplicación de operaciones psicológicas encubiertas, por ejemplo, cuando son promovidos por un Estado contra otro u otros”. Según destaca la autora, la novedad de las amenazas híbridas en el siglo XXI es la variedad de formas que adoptan, tanto por el uso de las nuevas tecnologías, como por la velocidad exponencial de su propagación.

Ataques en el ciberespacio, contra infraestructuras críticas, mediante noticias falsas o usando flujos migratorios fuera de control son nuevas formas de agresión entre Estados aún difíciles de definir y combatir con el marco legal adecuado

Lawfare: la ley como “arma” contra la ley

La catedrática de la CEU UCH Susana Sanz también analiza en su último estudio una nueva forma de agresión híbrida, denominada “lawfare” o guerra de leyes, que consiste en el uso de la propia ley para “retorcer” deliberadamente los paradigmas legales vigentes: “El uso de normas y estándares democráticos contra la propia democracia implica convertir la ley en un arma en el contexto de la guerra híbrida”, destaca Susana Sanz, que lidera dos proyectos de investigación sobre “La crisis del Estado de Derecho en la UE” y sus mecanismos de protección, con financiación del Ministerio de Ciencia e Innovación (PID2021-126765NB-I00 del MICINN) y de la Generalitat Valenciana (AICO/2021/099 de la GVA).

En su artículo, Susana Sanz analiza la legislación aplicable frente a estas amenazas híbridas, para determinar si el marco legal está lo suficientemente adaptado para repelerlas, tanto si son patrocinadas por otro Estado como si no. También aborda la aplicación del Convenio Europeo de Derechos Humanos en la lucha contra las amenazas híbridas en la UE y los límites a los Estados miembros para reaccionar ante las amenazas híbridas establecidos por este tratado. Además, evalúa las reglas internacionales de atribución de responsabilidad y las dificultades asociadas a su aplicación.

Para la profesora Sanz, “el Derecho Internacional debe seguir siendo el marco general para hacer frente a las amenazas híbridas, aunque cada Estado también debe legislar a nivel nacional, porque estos ataques buscan socavar la democracia y la propia ley desde dentro”

Marco legal internacional y estatal

“Hay amenazas híbridas -aclara- que explotan vacíos legales, se mueven entre lo legal, lo ilegal y lo alegal, pero se necesita la ley para hacerles frente. El Derecho Internacional debe aplicarse con determinación y seguir desarrollándose para hacer frente mejor a estas amenazas. Porque, a menos que un ataque sea letal, los Estados que respetan el orden internacional no deben aplicar el derecho de conflicto armado en respuesta a tácticas híbridas. Es importante que esta regla permanezca sin cambios”. En este sentido, los Estados democráticos han de medir cuidadosamente sus respuestas y respetar plenamente los derechos humanos ante las amenazas híbridas: “Por eso, las democracias pueden ser más vulnerables a este tipo de amenazas que los regímenes autoritarios”, señala.

Sin embargo, según añade la catedrática de la CEU UCH, los Estados no deben depender únicamente del Derecho Internacional para responder: “El Derecho Internacional debe seguir siendo el marco general para hacer frente a las amenazas híbridas, pero cada Estado también debe legislar a nivel nacional. Los Estados necesitan normas propias claras en relación con el ciberespacio, la migración, las drogas, el lavado de dinero, la trata de personas, las infraestructuras o la privacidad, entre otros aspectos, porque estas son algunas de las principales vulnerabilidades que aprovechan las tácticas híbridas. El Derecho Internacional no puede ni debe reemplazar al Derecho estatal en este sentido”, concluye Susana Sanz.

Más información sobre el artículo “The concepts and laws applicable to hybrid threats, with a special focus on Europe”, en la revista Humanities & Social Sciences Communitations, del grupo editorial Springer Nature.

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