El catedrático de Constitucional Martínez Sospedra, sobre la amnistía: “Que no aparezca el término, no impide que sea inconstitucional”

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Información: Lucía Valderrama y Maya Montoliu / Imágenes: Sara De la fuente

El salón de grados de la Biblioteca de la CEU UCH acogido recientemente una nueva conferencia organizada por el Club de filosofía y política Abantos bajo el título “La amnistía”. Impartida por el catedrático de Derecho Constitucional y profesor emérito de la Universidad CEU Cardenal Herrera, Manuel Martínez Sospedra, se abordó desde una mirada histórica en qué consiste la amnistía, cuáles son sus consecuencias y se planteó la cuestión de por qué no la quisieron incorporar en la Constitución de 1978. Una ponencia que ofreció una visión profunda del derecho y de la política actual en Europa en la que se respondieron dudas comunes como: ¿Por qué el rey no puede oponerse o por qué tienen prisa en aprobarla? En la mesa se encontraban también Maya Montoliu, alumna de 2º de Políticas y Ade y miembro de la directiva de Abantos, y Elvira Alonso, profesora de Teoría del Derecho y fiel seguidora del ponente.

El profesor Martínez Sospedra comenzó su intervención explicando qué implica la proposición de “Ley Orgánica” de amnistía: “la extinción de la responsabilidad penal, administrativa o contable” lo que supone que los daños ocasionados a particulares civiles entre 2012 y 2023 en Cataluña pierdan su cobertura. Para él, esta proposición se sustenta en dos pilares: el primero, “la falacia de que está motivada por una situación excepcional y por el interés general” y, el segundo, tal y como afirman los “progresistas” que no es inconstitucional porque no se pronuncia sobre la figura de la amnistía. El profesor apuntó, en ese sentido, que el único fin de la ley es “asegurar una mayoría progresista en el Parlamento con el fin de investir al Presidente de Gobierno” aún a pesar de quebrantar el “principio de igualdad” y el artículo 117.3 CE. Unas consecuencias que hacen, a juicio del profesor, que la amnistía plantee un problema político a la vez que jurisdiccional.

A lo largo de su intervención, el catedrático también hizo referencia al procedimiento requerido para que se dé la amnistía en otros países europeos como Portugal, donde la aprobación de la cláusula requiere un pronunciamiento de la mayoría simple en ambas cámaras. Tras ello, el Presidente de la República debe aprobarla con la capacidad de presentar un recurso inconstitucional y concluyó que, al tener tantos controles, es muy complicado que se dé por lo que un problema que podría tener el estado español es la falta de controles externos al Parlamento lo que puede provocar que se amnistíe a sí mismo.

Finalmente, Martínez Sospedra argumentó que el silencio de la Constitución acerca de esta Ley es premeditado, debido a que se teme que la manipulación legislativa “podría dar lugar a un régimen autoritario”. Otros problemas que destacó fue la dependencia del Gobierno con los diputados pertenecientes (14) a los partidos de ERC y Junts per Catalunya que permite la exigencia a los términos que ellos establezcan.